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El Naval

Lunes, 12 de noviembre de 2007

CONVENIO COLECTIVO de Trabajo para Personal Laboral al Servicio de la Administración Pública de la Región de Murcia. (Personal Laboral).

Ya que vamos viendo luz al final del tunel, ha llegado el momento de meternos en aguas más profundas y ver que situación tendremos al pasar al Servicio Murciano.

Como personal laboaral de la AGE, al pasar al SMS, continuaremaos teniendo la misma condición, pero de la Administración Autonómica, es decir Personal Laboral al Servicio de la Administración Pública de la Región de Murcia.

Para regular las relaciones laborales, retribuciones, derechos de representación y demás condiciones de trabajo, nos tendremos que guiar por el Convenio Colectivo de Trabajo para Personal Laboral al Servicio de la Administración de la Región de Murcia. Adiós Convenio Unico.

Ambito de aplicación: será de aplicación
a todo el personal laboral que presta o preste servicios
en la Administración Pública de la Región de Murcia,
tanto por contrato como por cualquier otro procedimiento
legalmente establecido.

Artículo 26. Movilidad funcional: se realizará por necesidades
del servicio y supondrá la adscripción con carácter definitivo
de los trabajadores afectados a otros puestos de trabajo. No podrá rebasar el ámbito municipal aunque podrá
suponer cambio de centro de trabajo.

Retribuciones: deberá de mantenerse la homogeneidad
con respecto a las retribuciones del personal funcionario.

Retribuciones básicas:
1.1. Salario base.
1.2. Complemento de antigüedad.
1.3. Pagas extraordinarias.
2. Retribuciones complementarias:
2.1. Plus de destino.
2.2. Complemento específico.
2.3. Productividad.
2.3.1. Fija.
2.3.2. Semestral.
2.4 Gratificaciones por servicios extraordinarios
2.4.1. Complemento de festividad.
2.4.2. Complemento de nocturnidad.
2.4.3. Complemento de turnicidad.
2.4.4. Complemento de atención continuada.
2.4.5. Horas extraordinarias.

Aquí se puede ver el documento completo: BORM nº 125 de 1 de junio de 2007
o aquí también: CONVENIO COLECTIVO

Tablas de retribuciones para el año 2007: ANEXO III

Por: Angel | Transferencias | Comentarios (1) | Referencias (0)

Comentarios

Todo parece indicar que llevaremos una negociacion en paralelo y con las mismas condiciones que los currantes de la fundacion de Cieza y que nuestras retribuciones estaran dentro de un convenio especial retributivo que ya se esta negociando para estos trabajadores de Cieza,aunque estemos regulados temporalmente por el convenio de laborales de la CARM.

krispin klander | 17-11-2007 01:00:02

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